lunes 4 de agosto de 2025 17:13 pm
Tu periódico digital en New York
PATROCINADOR OFICIAL

A partir de hoy, los conductores en el Distrito Nacional que incumplan las normas de estacionamiento enfrentarán una multa de RD$5,000, según lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Además, si el vehículo no es reclamado en un plazo de 90 días, el Estado tiene la facultad de venderlo en subasta pública para cubrir los gastos del servicio de remolque, depósito y publicación.

Detalles de la Multa La multa por mal estacionamiento en vías públicas ha aumentado de RD$1,000 a RD$5,000. Este incremento busca cubrir los costos del traslado y parqueo del vehículo remolcado. La medida forma parte del plan «RD se mueve», que tiene como objetivo descongestionar el tránsito en el Gran Santo Domingo y que actualmente se encuentra en su tercera fase, la cual prohíbe el giro a la izquierda en importantes avenidas.

Procedimiento Legal El artículo 242 de la Ley 63-17 establece que los vehículos removidos serán entregados a sus dueños registrados en el Registro Nacional de Vehículos de Motor o a quienes figuren como compradores en caso de comunicación de venta o traspaso. Si el dueño no puede presentarse personalmente, podrá emitir un poder de representación para el retiro del vehículo. Además, por cada día después de las primeras 24 horas que el dueño se retarde en solicitar la entrega del vehículo, se le cobrará un recargo determinado según el Código Tributario.

Excepciones y Subastas En caso de que el vehículo haya sido robado, el dueño solo pagará los gastos de la grúa y custodia, siempre y cuando presente una certificación de denuncia de robo con fecha anterior a la remoción del vehículo. Según el artículo 243, el Instituto Nacional de Tránsito Terrestre (Intrant) publicará mensualmente en sus medios digitales y portal web el listado de vehículos removidos, otorgando un plazo de 90 días improrrogables para reclamarlos. Si el vehículo no es reclamado en este plazo, será vendido en subasta pública.

Devolución de Sobrantes Una vez que el Estado cubra los gastos del servicio de remolque, depósito y publicación, el sobrante de la subasta será entregado al dueño del vehículo según lo indicado en la matrícula o a quienes figuren como compradores en caso de comunicación de venta o traspaso. Si el dueño no reclama el sobrante en un plazo de 30 días, este ingresará a la cuenta única del Estado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *