miércoles 30 de septiembre de 2026 10:14 am
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El presidente Luis Abinader emitió este martes el decreto 675-26, que modifica el Reglamento de Licencias de Conducir para aplicar la sentencia TC/0904/26 del Tribunal Constitucional, la cual dejó sin efecto la reducción de la vigencia a dos años para las personas mayores de 75 años. La nueva disposición deroga el decreto 330-26.

Conforme al artículo 208 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, todas las licencias y autorizaciones tendrán una vigencia uniforme de cuatro años, con vencimiento el día del cumpleaños de su titular.

## La eliminación de la discriminación por edad

El decreto establece que la edad, por sí sola, no podrá ser utilizada como criterio único para limitar, reducir o denegar la vigencia de una licencia. La aptitud para conducir se evaluará mediante exámenes físicos, teóricos y prácticos aplicados sin discriminación, conforme a las facultades del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT).

La suspensión o cancelación del documento solo procederá por las causales previstas en la ley: incumplimiento de los requisitos exigidos o certificado médico que acredite la imposibilidad permanente de conducir, garantizando siempre el debido proceso administrativo.

## El contexto normativo

El fallo del alto tribunal, emitido el 14 de septiembre, declaró inconstitucional el párrafo a) del artículo 21 del decreto 6-19, que desde 2019 imponía la renovación cada dos años a partir de los 65 años y que en mayo de 2026 había sido ajustado para aplicar desde los 75 años. El INTRANT deberá adecuar sus procedimientos y sistemas a la nueva normativa.

## El mensaje del Ejecutivo

El Gobierno sostiene que la medida ratifica su compromiso con el Estado Social y Democrático de Derecho, la seguridad jurídica y los derechos fundamentales, especialmente de los adultos mayores, y reitera su disposición a cumplir las decisiones del Tribunal Constitucional.

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